martes, 8 de octubre de 2013

La educación: un derecho y un deber del cortesano. La entrada en la corte.

LA EDUCACIÓN: UN DERECHO Y UN DEBER DEL CORTESANO
LA ENTRADA EN LA CORTE

La costumbre de criar a jóvenes de la nobleza en la casa regia se extiende por todo el Occidente medieval. Proporciona una doble red de vínculos vasalláticos y de parentesco ficticio, de carácter paterno-filial. Al mismo tiempo, rodea el aprendizaje de príncipes e infantes de un círculo de sociabilidad, similar, en sus líneas básicas, al de los núcleos escolares monásticos y urbanos.

En los reinos de Castilla y León esta práctica se encuentra documentada desde el siglo XI, en los servicios prestados por el Cid al heredero de Fernando I, al menos a partir de los catorce años. Fue continuada y desarrollada durante los reinados de Alfonso VI y Alfonso VII, reproduciéndose entonces entre los diversos círculos de la nobleza. A tenor de la trayectoria de algunos de estos criados, el sistema posibilitaba la cooptación futura de miembros del séquito militar y de cargos de la Casa regia, como lo indica el nombramiento posterior de uno de los educados por Alfonso VI, Pero Froilaz de Traba, para ser el ayo de su homónimo nietos. Dos centurias después, don Juan Manuel manifestaría que la crianza por un señor constituye el origen de honras y riquezas, además del desempeño de cargos en la Casa de éste, dejando traslucir que se trata de una situación común a la corte regia . A finales del medievo, el perfeccionamiento de la administración real y señorial, la diversificación de los oficios domésticos y el crecimiento de las clientelas explica la existencia de servidores por un número determinado de años al Iado de los vitalicios o de los surgidos de las familias de criados. Sin embargo, las bases de su relación con el rey o el noble siguen siendo, esencialmente, las mismas, ya que, por línea general, los miembros de estos dos últimos grupos son los destinatarios de mercedes, donaciones y legados testamentarios, así como de algunos de los oficios de mayor entidad .

Ahora bien ¿cuáles son los criterios que determinan la entrada en la corte? La suma de crónicas reales y particulares, nobiliarios, tratados doctrinales y documentación diplomática permiten delimitar los siguientes supuestos:

En los textos literarios y biográficos se presta mucha atención al sector de los hijos de criados, que podrían provenir, a su vez, de descendientes o consanguíneos de integrantes del séquito personal del rey. Puede establecerse así una cadena de vínculos durante varias generaciones, que se encuentran ejemplificados en los que mantuvieron Pero Niño, su padre y su abuelo y los hijos del protagonista de El Victorial con Pedro I y los soberanos de la dinastía Trastamara .

Los primogénitos de los grandes magnates son mencionados, especialmente, a propósito de las luchas políticas del siglo XV. En efecto, en el reinado de Juan II los vínculos establecidos entre el soberano y sus criados que dormían en la cámara regia hace que la aristocracia reivindique, a nivel individual, esta situación como un privilegio para sus herederos. Pero, al mismo tiempo, los bandos políticos intentan que en estas estancias no tengan un carácter indefinido, con el fin de evitar futuras privanzas que repitieran la de don Álvaro de Luna .

Estos procedimientos de entrada en la corte, basados en el prestigio y poder paterno y en los servicios anteriores de éste a la Corona, se amplían a la intervención de un pariente noble o prelado, casi siempre un tío, o de un señor afecto al monarca, que introduce a criados de su Casa durante sus estancias en la Corte . Unos y otros operan como figura paterna que, para una etapa educativa superior del muchacho, apela a la colaboración del soberano como una especie de consanguíneo superior por su prestigio y autoridad, aunque esté fuera de los lazos de parentesco reales y de los ficticios del círculo familiar inmediato.

Con toda probabilidad, se agregan al servicio regio los hijos de los que habían caído en las grandes acciones bélicas, a consecuencia de su actuación sobresaliente. En la década de 1470, Lope García de Salazar data esta especie de premio de la monarquía, otorgado a la descendencia, en el reinado de Alfonso VIl, y como secuela de la batalla de Alarcos, pero no hay motivos para suponer que esta pauta de conducta no hubiera pervivido hasta la época contemporánea al escritor .

No existen, apenas, datos sobre la estancia en el palacio de doncellas nobles concretas y únicamente cabe deducir de los escasos ejemplos que se trataba de descendientes y colaterales de los anteriores o de antiguas criadas .

A juzgar por su dedicación futura, los mozos de capilla participaban del universo familiar y mental de los clérigos, bachilleres y oficiales en mucha mayor medida que el de los guerreros hidalgos. Sin embargo, algunos estaban emparentados con estos últimos, pues entre los adscritos a la Casa de la reina Isabel I se encontraba un hijo del comendador Durán, y Francisco de Bobadilla, hijo de los marqueses de Moya, pudo haber comenzado por ese oficio antes de llegar a ser capellán de la misma Casa. Al igual que los niños de coro de las catedrales, estaban destinados desde el principio a la carrera eclesiástica y, dentro de esa orientación general, eran elegidos por sus voces, pues, como declara el monarca lusitano don Duarte a propósito del personal de su capilla, deben ser "de boa disposiçao em uozes e entender e sotileza e de bom asesego porque taes como estes som de Razom e uem a ser bons clerigos e bons cantores". De hecho, de los 64 mozos de capilla de la citada reina se puede seguir la trayectoria de 12, de los cuales 8 vuelven a ser asentados como capellanes en el transcurso de tres a siete años, uno pasa al clero regular y otro al estudio .

¿En qué fase de la vida comienza la vinculación a reyes y señores ? Las diferentes fuentes no proporcionan una edad uniforme y únicamente se pueden entrever algunos hitos cronológicos que, con toda probabilidad se estiman como lógicos y deseables, dependiendo de circunstancias familiares y también de los presuntos contenidos educativos y su finalidad.

Resulta sorprendente que para don Pero Niño se fije este momento inicial en una edad tan temprana como el año y medio. No se corresponde con otros testimonios castellanos del siglo XV, aunque sí con algunos portugueses . Con respecto al héroe biografiado en El Victorial, puede explicarse esta crianza tan precoz por la elección de su madre como ama del príncipe heredero, que la obliga a desplazarse a la residencia regia. La necesidad de Inés Lasa de compatibilizar el amamantamiento con los cuidados que toda madre debía prestar a su hijo, al menos hasta los siete años, impondrían esta solución .

Algunos testimonios del siglo XV sitúan la entrada en la corte de los jóvenes miembros de la nobleza a los 10 años. Pero es probable que en ellos pese tanto o más que las prácticas habituales la visión de esa edad como la aconsejable para comenzar con una cierta profundidad un aprendizaje de carácter guerrero: Lope García de Salazar data entonces el inicio de la crianza del Cid por Fernando I, a pesar de la falta de datos claros, que hacen que, como ya se ha apuntado, ni siquiera las últimas investigaciones puedan precisar más allá de los catorce años como tope final 20. Por otra parte, el cumplir la decena marca un momento intermedio entre el principio de la mocedad, en torno a los 7 años, que es cuando empiezan a impartirse los primeros contenidos de la formación y la instrucción, y el paso a mancebo, de los 14 a 16, a partir del cual se completa la adquisición de saberes necesarios para la posterior trayectoria vital 21. Es más, en el ámbito artesanal castellano de fines del medievo, los aprendices solían integrarse en los talleres entre los 10 y los 14años 22. En el fondo, es la misma idea que preside la intención de don Álvaro de Luna de presentar al rey a su hijo don Juan para que se iniciase en el arte militar, que completaría cuando fuese mancebo, para lo cual le hace acompañar de una gran exhibición de poder clientelar, consistente en niños nobles de toda la escala nobiliar, desde hijos de hidalgos a magnates .

Por regla general, la introducción de los que no son hijos de criados es bastante más tardía, en su etapa de mancebo y, más concretamente entre los 15 y 18 años, a tenor de los datos conocidos para Alonso Pérez de Vivero, en el servicio de don Álvaro de Luna y del mismo condestable de Juan II en la corte regia: el primero se vincula a su señor a los 15 años y el segundo a los 18, según la crónica del reinado, aunque la suya particular trate de dar una imagen de precocidad, de acuerdo con su tono laudatorio .

En estos casos se contaba con una etapa de formación previa que corría a cargo, en última instancia, de los progenitores o quienes hicieran sus veces. En los siglos XIV y XV comprendía tanto la equitación y un primer manejo de las armas como una cierta disciplina en las costumbres, una educación básica moral y religiosa y el conocimiento de la lectura y la escritura . La supervisión de todos estos aspectos corría a cargo de un ayo, independientemente de que los llevara a cabo por sí mismo o encomendara a otros el realizarlos. De cualquier forma, garantizaba una atención personalizada, lo que hacía que se requiriera su labor incluso para aquellos discípulos introducidos en palacio desde su más tierna infancia. En ocasiones, la instrucción intelectual era proporcionada por un clérigo del territorio donde estaba asentada la familia del mozo noble .

El término de esta fase iniciática viene dado por la primera acción importante de armas. A menudo, este tránsito es realzado por la recepción de la caballería en una ceremonia solemne, de la que existen huellas documentales a partir de mediados del siglo XII. Pero hay que insistir en que no siempre constituía un signo de paso a otra etapa del ciclo vital. Aún cuando Las Partidas establecían que su destinatario debía haber cumplido, como mínimo, catorce años, algunos descendientes directos y colaterales del mismo Alfonso el Sabio recibieron esta distinción durante su niñez .

En cambio, la estancia en palacio de algunas doncellas fue bastante tardía y reducida, ya que se incorporaron allí en tomo a los quince años y casi con la única finalidad de prepararse para un matrimonio buscado por la reina, en cumplimiento del deber de casar adecuadamente a las hijas de sus vasallos y criados y que afectaba a toda pareja señorial. Sin embargo, algunas continuaron como camareras después de su cambio de estado.

En realidad, los único hitos cronológicos claros corresponden al aprendizaje de los mozos de capilla. Al igual que en las escuelas catedralicias equivalentes, dedicadas primordialmente al canto litúrgico de voces blancas, abarca desde los siete u ocho años hasta el cambio de voz de la pubertad.
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LA EDUCACIÓN: UN DERECHO Y UN DEBER DEL CORTESANO
Isabel Beceiro Pita
CSIC,Madrid.
 
 

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